Saber cómo impugnar una resolución de desamparo resulta trascendental cuando un menor es separado de su núcleo familiar.
Y es que la intervención de la DGAIA supone un antes y un después en la relación de un menor con su entorno más cercano.
Es por ello que la impugnación de la resolución es un proceso crucial para proteger los derechos de los menores y sus familias en situaciones de alta vulnerabilidad.
La legislación civil establece plazos y procedimientos específicos para impugnar resoluciones administrativas relacionadas con menores.
Este artículo proporciona una guía sobre los tipos de resoluciones administrativas sobre menores que pueden ser impugnadas, los plazos y el procedimiento para hacerlo.
Normativa aplicable
–Ley 14/2010, de 27 de mayo, de los derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia
–Ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil
Plazos que contempla la legislación civil
1) La declaración de desamparo es impugnable ante la jurisdicción civil en el plazo de tres meses desde la notificación de la resolución que se impugna.
2) Sin embargo, en procedimientos en que se sustancie oposición a otras resoluciones administrativas en materia de protección de menores, el plazo será de dos meses.
Ejemplos de esas otras resoluciones administrativas serían las que versen sobre los siguientes temas:
-guarda voluntaria
-régimen de visitas
-acogimiento familiar
-medidas educativas
-adopción
-resoluciones que pretendan suplir la voluntad discrepante de los progenitores en determinados casos (intervención quirúrgica, internamientos en centros de atención médica o psiquiátrica, etc.)
Procedimiento para impugnar resolución de desamparo y otras resoluciones administrativas en materia de protección de menores
La competencia corresponde al Juzgado de Primera Instancia donde se ubique la Entidad Pública.
En ciertos casos y, en ausencia de dicha entidad, será competente el Juzgado del domicilio del adoptante.
Para recurrir a los tribunales no es necesaria la oposición previa en vía administrativa.
Pueden formular oposición judicial a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores, siempre que tengan interés legítimo y directo:
a) menores afectados por la resolución
b) progenitores
c) tutores
d) acogedores
e) guardadores
f) Ministerio Fiscal
g) otras personas que estén autorizadas en virtud de alguna disposición legal.
Los menores tendrán derecho a ser parte y a ser escuchados en el proceso conforme a la Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor.
Ejercerán sus derechos respecto a las decisiones administrativas que les afecten a través de sus representantes legales, siempre y cuando no tengan intereses opuestos a los suyos, o mediante la persona que se designe o que ellos mismos elijan como su defensor para que actúe en su nombre.
Si hubiera más de un procedimiento de oposición a resoluciones administrativas relativas a un mismo menor, deben acumularse, todos ellos, ante el Juzgado que estuviera conociendo del procedimiento más antiguo.
El procedimiento de impugnación de una resolución administrativa en el ámbito de la protección de menores comenzará con la presentación de un escrito inicial.
En el escrito, el actor expresará su pretensión y la resolución a la que se opone.
El escrito debe expresar la fecha de notificación de la resolución administrativa y si existen otros procedimientos relativos a ese menor.
El letrado de la Administración de Justicia reclamará a la entidad administrativa testimonio o copia del expediente, que deberá ser aportado en diez días.
El juzgado puede requerir a la entidad administrativa para que aporte antes de la vista toda actualización que se haya producido en el expediente del menor.
Recibido el testimonio o copia del expediente administrativo, el letrado de la Administración de Justicia, emplazará al actor para que presente demanda.
El juez debe dictar sentencia diez días después de la celebración del juicio.
Conclusión sobre cómo impugnar una resolución de desamparo
La impugnación de la resolución de desamparo permite a los menores y sus familias cuestionar decisiones que pueden tener un impacto significativo en sus vidas.
Tener en cuenta los plazos y procedimientos establecidos por la legislación civil es esencial para ejercer este derecho de manera efectiva.
El procedimiento pretende asegurar que todas las partes tengan la oportunidad de expresarse y que se tomen decisiones justas y equitativas.