En el anterior artículo se analizaban los caracteres de esta figura delictiva, pero sin valorar qué hacer en caso de sustracción de menores.
La sustracción de menores es una lacra que hay que erradicar. No sólo por la angustia que genera en los padres, sino porque también afecta a la estabilidad de los hijos.
Es importante recordar que para que la sustracción se produzca no es necesario que exista una resolución judicial determinando el régimen de guarda respecto del menor.
Ante esta situación es crucial conocer las medidas y procedimientos legales disponibles para proteger a los menores y restablecer su situación.
Medidas a adoptar ante una situación de riesgo de sustracción
El Código Civil establece medidas para evitar la sustracción de menores por parte de uno de los progenitores o terceras personas.
Estas medidas se deberán adoptar en situaciones en las que haya indicios que permitan sospechar que uno de los progenitores pueda decidir el traslado o retención de su hijo sin el consentimiento del otro progenitor:
Prohibición de salida del territorio nacional: se puede solicitar al juez la prohibición de salida del país sin autorización judicial previa.
Prohibición de expedición del pasaporte: el juez puede prohibir la expedición del pasaporte al menor o retirarlo si ya se ha expedido.
Autorización judicial para cambio de domicilio: cualquier cambio de domicilio del menor debe contar con autorización judicial previa.
Hay dos modos de solicitar estas medidas:
a) a través de un procedimiento de jurisdicción voluntaria, que no requiere la intervención de abogado ni procurador.
b) con ocasión de una demanda de divorcio (o de guarda y custodia), en que se puede pedir la adopción de estas medidas de forma cautelar.
¿Qué hacer si ya existe sustracción y el menor se encuentra en España?
En caso de que el menor haya sido sustraído y se encuentre en territorio español, es fundamental actuar con celeridad.
Lo recomendable es denunciar un delito de sustracción de menores según lo establecido en el artículo 225 bis del Código Penal.
En tal caso, el juzgado que instruya la causa podrá adoptar medidas cautelares conforme a lo dispuesto en el artículo 544 quinquies de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Estas medidas pueden incluir la suspensión de la patria potestad o el establecimiento de un régimen de supervisión del ejercicio de la misma sobre el menor, entre otras.
¿Qué hacer en casos de sustracción internacional?
Si el menor ha sido trasladado o retenido fuera de España, se aplica el procedimiento previsto en el Convenio de La Haya de 1980, sobre aspectos civiles de la sustracción internacional de menores.
Este convenio prevé un procedimiento de colaboración entre los Estados firmantes para garantizar la restitución inmediata de los menores.
Las autoridades centrales de cada país serán las encargadas de coordinar las acciones para localizar al menor, prevenir daños adicionales y facilitar su restitución.
Conclusión
Ante casos de sustracción de menores, es fundamental actuar con rapidez y diligencia.
Por esto, conocer los recursos legales y procedimientos a seguir es crucial para proteger a los menores y restablecer su situación lo antes posible.
Si te encuentras en una situación similar, no dudes en buscar asesoramiento legal especializado para proteger los derechos de tu hijo.