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¿Qué es el acogimiento en centro?

El acogimiento en centro es una medida de protección para menores que se encuentren en situación de desamparo

El acogimiento en centro es una medida de protección para menores que se encuentren en situación de desamparo.

La principal característica de esta medida es su temporalidad.

Su regulación tiene lugar en las siguientes disposiciones legales:

Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Ley 14/2010, de 27 de mayo, de los derechos y las oportunidades en la infancia y la adolescencia.

A continuación, se detallan las características de este tipo de internamiento y los derechos de los menores durante su estancia en estos centros.

Situaciones en que se adopta el acogimiento en centro

La medida de acogimiento en centro se adopta cuando concurren las siguientes circunstancias:

1) Cuando se prevé que el desamparo o la necesidad de separación de la familia serán temporales.

2) No haber podido recurrir al acogimiento familiar ni el acogimiento preadoptivo.

Características del internamiento

El acogimiento en centro implica ingresar al menor en un centro público o concertado adecuado a sus características, para que reciba la atención y educación necesarias.

Los centros tendrán régimen abierto, pertenecerán a un barrio o comunidad, y deben organizarse en unidades que permitan un trato afectivo y una vida cotidiana personalizados.

Los acogimientos en centros se establecen por resolución del órgano competente en materia de protección de menores.

Los hermanos se acogerán en el mismo centro, salvo que no sea beneficioso para ellos.

El director del centro ejerce por delegación las facultades y obligaciones inherentes a la guarda.

Derechos de los menores en centros de acogimiento

Los menores acogidos en centros, tienen, respecto de las personas que los guardan, los mismos derechos y deberes que les corresponden en la relación con el tutor establecidos por la legislación civil:

a) Tener respeto en su intimidad personal y en sus pertenencias individuales en el contexto educativo del centro.

b) Obtener información por los responsables del centro de su situación legal y a participar en la elaboración de su proyecto individual.

c) Ser escuchados en las decisiones que les afectan, si tienen suficiente entendimiento.

d) Participar activamente en la elaboración de la programación de actividades internas o externas del centro y en el desarrollo de estas actividades.

e) Ser escuchados en caso de queja y a ser informados de todos los sistemas de atención y reclamación que tienen a su alcance.

f) Mantener relaciones con sus familiares y recibir visitas de los mismos en el centro, según el marco establecido por la legislación vigente.

Conclusión sobre el acogimiento en centro

El acogimiento en centro garantiza que los menores reciban la atención y educación necesarias en un entorno adecuado.

Además, se respetan sus derechos fundamentales, asegurando un trato afectivo y personalizado.

La legislación aplicable también contempla un régimen disciplinario para mantener el orden dentro de los centros.

Esta medida, regulada por las autoridades competentes, es esencial para proteger y cuidar a los niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad.

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