Este artículo ha sido redactado y actualizado conforme a la legislación de 2026 por Santiago Jufresa Lluch, abogado especialista en Derecho de Familia y Penal, colegiado n.º 32.584 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Barcelona (ICAB).
La ruptura de una pareja que convive en el mismo domicilio genera una de las situaciones legales más conflictivas en el ámbito del derecho de familia: la gestión del uso de la vivienda y el acceso a la misma tras la separación.
En estos casos, confluyen tanto normas civiles (uso de la vivienda, atribución a hijos, desahucio) como normas penales (coacciones, allanamiento de morada), por lo que actuar sin asesoramiento puede tener consecuencias graves.
¿Se puede echar a una expareja de la vivienda por las malas?
En primer lugar, es fundamental dejar claro que nadie puede expulsar a su expareja del domicilio por su propia autoridad.
Acciones como cambiar la cerradura, impedir la entrada o sacar pertenencias de forma unilateral pueden constituir un delito de coacciones conforme al artículo 172 del Código Penal.
En las consultas de nuestro despacho en Barcelona es habitual atender a personas que, tras una discusión o ruptura reciente, cambian la cerradura creyendo que, por ser titulares de la vivienda, están actuando correctamente. Sin embargo, esta conducta suele acabar en una denuncia penal en el juzgado de guardia, lo que complica enormemente cualquier negociación posterior, especialmente en procesos de divorcio o medidas paterno-filiales.
Si además una de las partes intenta recuperar sus pertenencias entrando sin consentimiento en la vivienda tras haberse marchado, puede entrar en juego el delito de allanamiento de morada (artículo 202 del Código Penal).
Atribución del uso de la vivienda con hijos menores
Cuando existen hijos menores en común, la cuestión del uso de la vivienda deja de depender exclusivamente de la propiedad o el arrendamiento.
En Cataluña, la atribución del uso de la vivienda familiar se regula principalmente en el artículo 233-20 del Código Civil de Cataluña (CCCat) y normas concordantes, mientras que en el resto de España se aplica el artículo 103 del Código Civil en medidas provisionales.
El criterio prioritario siempre es el interés superior del menor, por lo que el uso de la vivienda suele atribuirse al progenitor custodio, independientemente de quién sea el titular del inmueble.
Exparejas sin hijos ni matrimonio: el desahucio por precario
Cuando no existe matrimonio ni hijos en común, el conflicto se resuelve desde una perspectiva estrictamente posesoria.
Si una de las partes es propietaria o arrendataria de la vivienda y la otra permanece en ella sin título que lo justifique, el cauce legal adecuado es el desahucio por precario, regulado en el artículo 250.1.4º de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Este procedimiento permite al legítimo poseedor recuperar la vivienda siempre que acredite:
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Su título de propiedad, usufructo o arrendamiento.
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El requerimiento previo de devolución de la posesión.
Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, numerosos procedimientos civiles exigen acreditar una actividad negociadora previa mediante alguno de los Medios Adecuados de Solución de Controversias (MASC).
No obstante, la exigencia de este requisito depende del tipo concreto de procedimiento ejercitado y de las excepciones previstas legalmente.
Por ello, antes de iniciar acciones judiciales relacionadas con la vivienda o con la recuperación de bienes personales, resulta aconsejable consultar previamente con un abogado para determinar si en el caso concreto es necesario acreditar un intento previo de negociación o mediación.
El peligro penal: entrar en casa de tu ex sin autorización
Otro de los conflictos más frecuentes tras una ruptura es la idea errónea de que, si la vivienda fue común o aún quedan pertenencias dentro, se puede acceder libremente.
Sin embargo, una vez que una de las partes ha abandonado voluntariamente el domicilio, este pasa a ser la morada de quien permanece en él, con independencia de la titularidad del inmueble.
Por tanto, entrar sin consentimiento puede constituir un delito de allanamiento de morada (art. 202 CP), incluso aunque se trate de recuperar objetos personales o se conserve la propiedad del inmueble.
Protocolo legal para recuperar pertenencias y enseres personales
Cuando quedan objetos personales en el domicilio tras la separación, es importante actuar de forma ordenada y jurídicamente segura.
1. El inventario fotográfico y documental previo
Antes de abandonar la vivienda, es recomendable realizar un inventario de los bienes propios, con fotografías, facturas o números de serie que permitan acreditar la propiedad.
2. El requerimiento formal por burofax
Si los objetos quedan en la vivienda, el siguiente paso es realizar un requerimiento formal de devolución mediante burofax, detallando de forma precisa los bienes reclamados.
3. Reclamación mediante procedimiento de familia o vía civil ordinaria
Si no se entregan voluntariamente, la recuperación deberá realizarse mediante el procedimiento judicial correspondiente, ya sea en el ámbito de familia o en un procedimiento civil ordinario, según exista o no vínculo familiar o hijos en común.
En todos estos supuestos, la prueba documental previa será determinante para el éxito de la reclamación.
Diferencia legal entre separación y delito de abandono de familia
Es importante diferenciar entre abandonar el domicilio y el delito de abandono de familia.
La salida voluntaria de la vivienda no constituye ningún ilícito penal.
Sin embargo, el artículo 226 del Código Penal sanciona aquellos supuestos en los que se incumplen los deberes de asistencia familiar, especialmente en relación con hijos menores o personas dependientes.
Por tanto, no es el hecho de marcharse del domicilio lo que genera responsabilidad penal, sino el incumplimiento de las obligaciones familiares que puedan derivarse.
¿Tienes un problema con tu expareja relacionado con la vivienda?
Cada semana atendemos en nuestro despacho de Barcelona a personas que han cambiado una cerradura, han intentado recuperar sus pertenencias o han entrado en una vivienda creyendo actuar dentro de la legalidad y se han encontrado con una denuncia por coacciones o allanamiento de morada.
Antes de tomar una decisión que pueda perjudicar tu posición en un procedimiento de familia o incluso derivar en consecuencias penales, es recomendable analizar tu caso concreto.
Si necesitas asesoramiento sobre el uso de la vivienda familiar, la recuperación de tus pertenencias o cualquier conflicto derivado de una separación, puedes contactar directamente conmigo por WhatsApp.
Una consulta a tiempo puede evitar meses de litigio, gastos innecesarios y decisiones que puedan perjudicar tu posición en un procedimiento de familia o incluso generar consecuencias penales.
