Los menores en situación de riesgo representan una preocupación fundamental para el bienestar de una comunidad.
La protección de los menores es una tarea que requiere una atención constante y una acción coordinada por parte de la sociedad en su conjunto.
El motivo es que su desarrollo y seguridad pueden estar comprometidos por diversas circunstancias.
En este artículo, exploraremos qué implica realmente una situación de riesgo para un menor.
También cómo identificarla y qué medidas se pueden tomar para intervenir adecuadamente en beneficio del menor y de su entorno familiar.
¿Qué es un niño en situación de riesgo?
Son situaciones de riesgo todas aquellas en que el desarrollo y bienestar del menor puedan verse mermados por cualquier circunstancia personal, social o familiar.
En nuestro anterior artículo (Diferencia entre situación de riesgo y desamparo en menores de edad en Cataluña) ya expusimos la relación de situaciones que pueden entrañar riesgo para un menor.
El denominador común de todas ellas vendría a ser la falta de atención y/o cuidado adecuados, ya sea física, emocional o educativamente, por parte de los progenitores o tutores, afectando al bienestar del menor.
En situaciones de riesgo no es necesario apartar al menor de su núcleo familiar (esta es la diferencia entre situación de riesgo y desamparo).
¿Cómo actuar frente a una situación de riesgo?
Los ciudadanos que tengan conocimiento de la posible situación de riesgo de un menor deben comunicarlo lo antes posible a los servicios sociales.
Este deber también incumbe a todos los profesionales, especialmente los de la salud, educación y servicios sociales.
Al tiempo de detectar posibles indicios de riesgo, los profesionales deben proceder de acuerdo con sus protocolos específicos de actuación.
Y, en todo caso, deberán hacerlo en colaboración y coordinación con el órgano de la Generalitat competente en materia de protección de menores.
La anterior obligación de comunicación se entiende sin perjuicio de que existan indicios de delito (en tal caso habría que denunciar los hechos ante los cuerpos y fuerzas de seguridad, el Ministerio Fiscal o la autoridad judicial).
Intervención de servicios sociales con menores en situación de riesgo
Los servicios sociales básicos deben valorar si existe o no la situación de riesgo en cada caso.
Ante una situación de riesgo promoverán medidas y recursos de atención social y educativa que permitan disminuir o eliminar dicha situación.
Para ello instarán la colaboración de los progenitores o de los titulares de la tutela o de la guarda.
Servicios sociales asignan un profesional de referencia para cada caso y que se encarga de evaluar la situación del menor y realizar su posterior seguimiento.
¿Qué ocurre en situaciones de riesgo grave?
En estos casos, los servicios sociales básicos deben tratar de disminuir o controlar el riesgo.
De no conseguirlo, elevarán a los servicios sociales especializados en infancia y adolescencia un informe de valoración de la situación de riesgo.
En el informe se expondrá el resultado de la intervención y la propuesta de medidas que consideren oportuno implementar con el menor.
Los servicios sociales especializados, atendiendo al informe y medidas de atención propuestas, deben actuar en un doble sentido:
a) Completando el estudio.
b) Instando un compromiso socioeducativo con los progenitores o los titulares de la tutela y orientado a la superación del riesgo que rodea al menor.
El contenido del compromiso socioeducativo será el siguiente:
-Descripción y acreditación de la situación de riesgo.
-Evaluación y concreción de las medidas que se aplicarán desde los servicios sociales básicos o desde los especializados para la superación de la situación perjudicial.
Antes de firmar el compromiso con los progenitores o con los titulares de la tutela o de la guarda, debe haberse escuchado al adolescente, en cualquier caso, y al niño, si tiene suficiente conocimiento.
¿Y si no se obtiene la colaboración de los responsables del menor, o si se niegan a participar en la ejecución de las medidas acordadas?
Si ello comporta un peligro para el desarrollo y/o el bienestar personal del menor, los servicios especializados deben elaborar un informe propuesta y elevarlo al departamento competente para que incoe un procedimiento de desamparo.
Medidas de protección de menores en situación de riesgo
a) Orientación, asesoramiento y ayuda familiar.
La ayuda familiar incluye actuaciones técnicas, económicas o materiales dirigidas a mejorar el entorno familiar y posibilitar la permanencia del menor en el mismo.
b) Intervención familiar.
Se realiza con programas socioeducativos para progenitores, tutores o guardadores.
Su objetivo es que alcancen capacidades y estrategias alternativas para el cuidado y la educación de los menores.
c) Acompañamiento del menor a los centros educativos o a otras actividades, y apoyo psicológico o ayudas al estudio.
d) Ayudas a domicilio.
e) Atención en un centro de acceso público y otros servicios de educación social.
f) Atención sanitaria, que incluye intervención psicoterapéutica o tratamiento familiar, tanto para los progenitores o responsables, como para el menor.
g) Cursos de capacitación para adolescentes que han dejado la escuela.
h) Asistencia personal para progenitores, tutores y guardadores con diversidad funcional que les permita asumir sus obligaciones de atención y cuidado de los menores.
i) Apoyo individualizado para menores con necesidades especiales que les ayude a superar el riesgo en el que se encuentran.
j) Cualquier otra iniciativa de índole social y educativa que favorezca la eliminación de la situación de riesgo.
Conclusión
En última instancia, la protección de los menores en riesgo demanda un esfuerzo conjunto y continuo por parte de la sociedad y las autoridades competentes.
Es esencial que tanto ciudadanos como profesionales estén alerta ante posibles indicios de riesgo y actúen con diligencia para salvaguardar el bienestar de los niños.
Sólo mediante una intervención temprana, coordinada y centrada en el interés superior del menor, podemos aspirar a crear entornos seguros y propicios para su desarrollo integral.
La atención y el cuidado de los niños en situación de riesgo no sólo son una responsabilidad ética, sino también un compromiso ineludible para construir una sociedad más justa y equitativa.