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¿Cómo funciona la adopción internacional desde Cataluña?

La adopción internacional desde Cataluña es un proceso riguroso que implica la coordinación de múltiples aspectos legales y logísticos

Muchos interesados en adoptar se preguntan cómo funciona la adopción internacional desde Cataluña.

Causa de ello son las enormes dificultades para adoptar niños en Cataluña

La decisión de adoptar a un niño de otro país es un paso gratificante pero que entraña mucha responsabilidad.

Esta decisión conlleva un proceso legal complejo que requiere comprensión y planificación meticulosa.

Para los residentes en Cataluña que estén considerando este camino, es esencial entender los pasos involucrados y los requisitos que deben cumplirse.

Marco legal de la adopción internacional desde Cataluña

El proceso de adopción internacional se rige por el Convenio relativo a la Protección del Menor y a la Cooperación en Materia de Adopción Internacional, firmado en La Haya el 29 de mayo de 1993.

Las finalidades del Convenio son las siguientes:

-Que la adopción sea en beneficio del niño.

-El niño debe ser declarado adoptable.

-La familia solicitante debe disponer de certificado de idoneidad.

-Ninguna persona que no sea el propio niño puede beneficiarse indebidamente de la adopción.

Procedimiento y coste de la adopción internacional desde Cataluña

Al valorar cómo funciona la adopción internacional desde Cataluña hay que partir de la coordinación de legislaciones y organismos de al menos dos países:

1) los del país de origen del niño.

2) los del país receptor.

La asignación de un niño a un hogar está completamente sujeta a la elección autónoma de las autoridades del país de procedencia del menor.

La entidad competente asume esa responsabilidad.

El proceso puede ser prolongado y conlleva ciertos costes económicos, que incluyen:

  • Proceso de formación y valoración.

  • Tramitación del expediente en el país de origen.

  • Traducción y legalización de documentos.

  • Viaje y estancia en el país de adopción.

Es importante destacar que, al presentar la solicitud en el Institut Català de l’Acolliment i de l’Adopció (ICAA), se deben cumplir todos los requisitos del país al que se dirige la solicitud.

Por lo tanto, es esencial investigar las condiciones específicas de cada país antes de proceder.

Recopilación de información y presentación de la solicitud

Las personas interesadas en comenzar un proceso de adopción internacional pueden obtener información sobre los requisitos de los distintos países mediante:

  • Las diversas vías de comunicación proporcionadas por el ICAA.

  • Las Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional (ECAI), entidades acreditadas por la Generalitat de Cataluña para asesorar sobre los requisitos particulares que solicitan los diferentes países y gestionar los trámites.

  • Las agrupaciones de familias adoptantes.

Los residentes en Cataluña interesados en la adopción internacional deben comenzar asistiendo a una sesión informativa en el el ICAA.

Posteriormente, pueden presentar la solicitud en el ICAA o en sus delegaciones territoriales, cumplimentando la documentación requerida y especificando el país al que se dirige la solicitud.

Documentación requerida

Al momento de presentar la solicitud de adopción en el ICAA, es necesario indicar el país al cual se desea dirigir dicha solicitud.

Es requisito indispensable cumplir todos los requisitos establecidos por el país donde va a tener lugar la adopción.

Asimismo, se debe mencionar la entidad colaboradora en adopción internacional (ECAI) encargada de remitir el expediente, si corresponde.

Junto con la solicitud, se debe presentar documentación que acredite la situación económica y la idoneidad para hacerse cargo del niño.

Esto incluye la última declaración de la renta, un informe médico de salud física y psíquica, certificados de antecedentes penales y un certificado negativo del Registro de delincuentes sexuales.

Evaluación de idoneidad y trámite del expediente

Las personas interesadas en la adopción internacional atraviesan un procedimiento de evaluación que determinará si son aptos para ser considerados solicitantes adecuados.

El ICAA es el organismo competente para emitir el certificado de idoneidad, necesario para iniciar los trámites internacionales.

La tramitación del expediente varía según el país de origen del niño y puede realizarse a través del ICAA o de una Entidad Colaboradora de Adopción Internacional (ECAI) acreditada.

Si el país no ha dado su conformidad al Convenio de La Haya, los solicitantes tienen la opción de gestionar el proceso directamente o hacerlo mediante una ECAI autorizada.

Asimismo, puede suceder que, ya sea que el país sea parte del Convenio o no, los solicitantes deban procesar su solicitud exclusivamente a través de una ECAI, según lo requieran las autoridades competentes del país de origen o las del adoptante.

Finalmente, el certificado de idoneidad y los informes de evaluación psicosocial son enviados al organismo competente del país de origen del niño o a su representación diplomática directamente desde el ICAA o mediante una ECAI autorizada.

¿Cómo funciona la adopción internacional desde Cataluña cuando ya se ha obtenido el certificado de idoneidad? 

El trámite del expediente debe llevarse a cabo en el país de origen del niño con toda la documentación requerida por las autoridades correspondientes.

En algunas ocasiones, las autoridades competentes pueden solicitar información adicional o documentos adicionales, que deben proporcionarse para continuar con el proceso.

El tiempo de espera entre la tramitación del expediente y la asignación del niño, si corresponde, varía según el país de origen.

Asignación del niño y proceso judicial

La asignación de un niño a una familia corresponde al organismo competente del país de origen del niño.

Una vez preasignado, la familia debe confirmar por escrito su aceptación del niño.

Posteriormente, se inicia el proceso de relación y vinculación con el niño, así como los trámites judiciales necesarios para la adopción.

La cantidad de viajes al país de origen del menor y los tiempos de estancia dependerán de cual sea el estado.

Seguimiento postadoptivo y Registro Civil

La mayoría de los países requieren informes de seguimiento postadoptivo, que pueden emitirse por el ICAA o la ECAI correspondiente.

Además, los adoptantes pueden solicitar la inscripción del nacimiento y la anotación de la adopción en el Registro Civil de su domicilio.

El gasto de los informes de seguimiento postadoptivo es responsabilidad de los individuos o grupos familiares que han pedido la adopción.

Los grupos familiares que demuestren no exceder un tope de ingresos de la unidad familiar, pueden pedir que el ICAA realice el informe de seguimiento postadoptivo respectivo sin ningún costo económico para la familia.

Conclusiones

Sobre cómo funciona la adopción internacional desde Cataluña hay que decir que es un proceso riguroso que implica la coordinación de múltiples aspectos legales y logísticos.

Sin embargo, con la orientación adecuada y el cumplimiento de los requisitos establecidos, las familias pueden embarcarse en este hermoso viaje hacia la paternidad y la crianza.

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