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Ayudas por impago de pensiones alimenticias

Las principales beneficiarias de ayudas por impago de pensiones alimenticias son familias monoparentales que cuentan con ingresos insuficientes para su subsistencia

Si necesitas información sobre ayudas por impago de pensiones alimenticias te ofrecemos soluciones efectivas para proteger tus derechos y los de tus hijos.

En nuestro despacho de abogados de divorcio en Barcelona, entendemos las dificultades que enfrentan muchas familias monoparentales cuando uno de los progenitores incumple su obligación de pago de la pensión alimenticia.

De hecho, esta situación, desafortunadamente común, genera una precariedad económica que puede afectar gravemente la calidad de vida de los menores y del progenitor responsable de su cuidado.

Si te encuentras en esta situación, es importante que sepas que existen mecanismos judiciales para obligar al deudor.

El Fondo de Garantía de Pensiones y Prestaciones puede aliviar la situación derivada de los impagos cuando los mecanismos judiciales resulten insuficientes.

Este fondo autonómico se creó para ofrecer ayuda por impago de pensiones alimenticias, garantizando un respaldo económico a las familias afectadas.

¿Qué es el Fondo de Garantía de Pensiones y Prestaciones?

El Fondo de Garantía de Pensiones y Prestaciones fue creado por la administración autonómica de Cataluña para paliar la precariedad económica derivada del impago de pensiones alimenticias o compensatorias.

Este mecanismo es especialmente útil para familias monoparentales cuyos ingresos no alcanzan para cubrir las necesidades básicas.

Para acceder a estas ayudas, es necesario cumplir con ciertos requisitos económicos, que se calculan en función del Indicador de Renta de Suficiencia de Cataluña (IRSC).

A continuación, te mostramos los límites de ingresos anuales para poder acceder a las ayudas:

  • Unidad familiar sin personas a cargo: 13.604,75 €.

  • Unidad familiar con una persona a cargo: 16.325,69 €.

  • Unidad familiar con dos personas a cargo: 19.046,64 €.

  • Unidad familiar con tres personas a cargo: 21.767,59 €.

¿Quién puede solicitar las ayudas por impago de pensiones alimenticias?

En nuestro despacho de abogados en Barcelona especializados en divorcios, podemos asesorarte para determinar si cumples con los requisitos necesarios para acceder a estas ayudas. Los principales beneficiarios son:

  1. Progenitores acreedores de pensiones alimenticias impagadas.

  2. Hijos menores de edad o mayores con una discapacidad igual o superior al 65%.

Requisitos para acceder a las ayudas por impago de pensiones alimenticias

  • Residir legalmente en Cataluña durante al menos cinco años, dos de ellos de forma ininterrumpida antes de la solicitud.

  • Contar con una resolución judicial que reconozca el derecho a recibir una pensión alimenticia o compensatoria.

  • Haber intentado ejecutar judicialmente la obligación de pago sin éxito.

  • No superar los límites de ingresos establecidos.

  • Acreditar el reconocimiento del derecho al Fondo de Garantía del Pago de Alimentos del Estado (cuando los acreedores de alimentos sean los hijos).

Documentación necesaria para solicitar la ayuda

El procedimiento para acceder a las ayudas por impago de pensiones alimenticias comienza con la presentación de una solicitud ante la entidad gestora, acompañada de los siguientes documentos:

  1. Resolución que reconozca el derecho a recibir la prestación del Fondo de Garantía del Pago de Alimentos del Estado (si corresponde).

  2. Libro de familia u otros documentos que prueben la relación de filiación.

  3. Resolución judicial que establezca la pensión alimenticia y/o compensatoria.

  4. Demanda ejecutiva y resolución judicial ordenando la ejecución contra la persona obligada a pagar la pensión alimenticia y/o compensatoria.

  5. Certificado del secretario judicial que confirme la persistencia de la situación de impago tras un mes de haberse iniciado la ejecución.

  6. Documento de identidad (DNI, NIE, etc.).

  7. Cédula de empadronamiento.

  8. Cédula de convivencia.

  9. Declaración de la renta u otros documentos que acrediten los ingresos de la persona solicitante y de las personas a su cargo.

En nuestro despacho, te ayudamos a recopilar y presentar toda la documentación necesaria, asegurándonos de que el proceso sea ágil y efectivo.

Aspectos clave de las ayudas por impago de pensiones alimenticias

  • Al ser solicitadas, la entidad gestora tiene 6 meses para acordar su concesión (en ausencia de resolución expresa, deben entenderse desestimadas).

  • El importe máximo mensual es del 50% del IRSC mensual vigente (377,91 € en 2024).

  • Estas ayudas por impago de pensiones alimenticias tienen carácter de anticipo y deben ser reembolsadas si la persona obligada al pago reintegra las cantidades que adeude según resolución judicial.

  • El número máximo de posibles mensualidades a percibir es de 18 mensualidades, consecutivas o no.

  • Respecto de las ayudas que el Fondo de Garantía de Pago de Alimentos de la Administración General del Estado (fondo estatal) conceda en favor de hijos menores de edad (o mayores discapacitados), las que se obtengan del Fondo de Garantía de Pensiones y Prestaciones (fondo autonómico) tendrán carácter complementario, lo que significa que cubrirán la cantidad que reste para llegar al importe total de la pensión, si esta no supera el 50% del IRSC mensual.

  • Los perceptores de la ayuda deben comunicar todo pago que perciban de la persona obligada.

¿Cómo podemos ayudarte?

Si estás enfrentando problemas legales relacionados con el impago de pensiones o necesitas asesoramiento sobre el fondo de alimentos por impago de pensiones, nuestro equipo de abogados de divorcio en Barcelona está aquí para ayudarte.

Contamos con amplia experiencia en convenios reguladores, ejecuciones judiciales y trámites relacionados con pensiones alimenticias y compensatorias.

¡No dejes que el impago de pensiones afecte a tu familia! Contacta con nosotros hoy mismo para recibir una consulta personalizada y comenzar a solucionar tu problema.

Preguntas frecuentes sobre el Fondo de Garantía de Pensiones y Prestaciones

  • ¿Cuánto tiempo tarda la resolución de mi solicitud?

La administración tiene un plazo de 6 meses para resolver. Si no hay respuesta en ese tiempo, se considera desestimada.

  • ¿Es compatible esta ayuda con otras prestaciones?

Sí, pero el fondo autonómico solo cubre la cantidad que reste para completar el importe de la pensión, hasta el límite del 50% del IRSC mensual.

  • ¿Qué sucede si el obligado al pago salda la deuda?

Las ayudas recibidas deben ser reembolsadas al fondo.

  • ¿Puedo solicitar la ayuda si el progenitor obligado vive fuera de España?

Sí, siempre que se cumplan los requisitos y puedas acreditar el impago mediante una resolución judicial.

  • ¿Qué ocurre si no presento todos los documentos requeridos?

La solicitud puede ser rechazada. Nuestro equipo puede ayudarte a garantizar que todo esté en orden.

Contacta con nosotros hoy mismo y deja que un abogado especializado en separaciones en Barcelona te guíe en este proceso.

Estamos aquí para proteger tus derechos y los de tus hijos.

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